MURO EN LA PLAYA DE
SANTURTZI AÑO 1866
La Diputación General de Vizcaya con fecha del
29 de agosto de 1866, aprueba el siguiente decreto:
“ Habida
la consideración a la utilidad y ventajas que reporta el Concejo de Santurce en la ejecución
de las obras del muro del muelle en el sitio denominado” La Llana”, que tiene
por objeto mejorar una playa y por consiguiente los baños de mar, y a que cuenta
con recursos para cubrir el presupuesto
de 39.372 reales que se calcula su costo, se autoriza al Ayuntamiento de dicho
Concejo para que con arreglo al plano aprobado por el Ingeniero de dicha
provincia y el pliego de consideraciones de su raíz lleve a efectos la
ejecución de la mencionada obra.”
El presupuesto, plano y pliego de condiciones
fueron firmados por Domingo Monte.
Las dimensiones de dicho muelle que fuera de
servicio público construido en la rivera del mar, del que se hace referencia, y
que debía superar “el nivel de la pleamar equinoccial”, se pueden comprobar en
lo indicado en las condiciones de ejecución del presupuesto.
CONDICIONES.
1º El muro muelle se ejecutaría en línea recta
según se indica en el plano, en distancia de 80 metros de longitud, partiendo desde
la extremidad del que se haya hoy en construcción y terminará sobre el plano
superior del tercer peldaño de la escalinata que sube a las heredades.
2º
La altura para dicho muro, es la rasante que partiendo desde la parte superior
del pavimento del muro en construcción a la parte superior del peldaño
indicado.
3º
Los gruesos o espesores tanto los superiores como los inferiores del muro se
tomarán exactamente de los perfiles trasversales que se hallan acotados según
las alturas del muro.
4º
El talud que se dará al pavimento exterior será de un décimo de su altura,
según esta y pavimento interno vertical.
AHFB 0025/031
Aurelio Gutiérrez Martín de Vidales
No hay comentarios:
Publicar un comentario