lunes, 28 de octubre de 2019

EXPEDIENTE DE REPARACIÓN DE LA TORRE DE LA PARROQUIA DE SANTA MARÍA DE PORTUGALETE, (1884/1888)


EXPEDIENTE DE REPARACIÓN DE LA TORRE DE LA PARROQUIA DE SANTA MARÍA DE PORTUGALETE, (1884/1888)



El “sitio” que las fuerzas carlistas realizaron sobre la Villa de Portugalete, (1873/1874) trajo consigo además de la pérdida de vidas humanas, destrozos importantes en parte de sus edificios, y la destrucción parcial de la parroquia de Santa María, sobre manera, en su torre y los tejados del templo.

Diario de los sucesos de Portugalete, sitio y bombardeo, desde julio de 1873 hasta marzo de 1874, (M. de Escorihuela y Conesa).  Día 5 de enero de 1874, “Hoy se ha descubierto otra nueva batería, mucho más próxima que las demás, colocada a unos ochenta metros, detrás de la casa de Inchalde, desde la cual hacen fuego certero de balas y granadas contra la iglesia y las casas. La cúpula de la torre de la Iglesia ha quedado derruida, y uno de sus estribos notablemente resentido. Una campana ha caído rota y la estancia de la guardia de la torre es difícil.

Son las cuatro de la tarde y el número de proyectiles de cañón se eleva a doscientos cincuenta.”

Para llevar adelante la gestión de la reparación de los desperfectos en la parroquia de Santa María de Portugalete, bajo la presidencia del Señor Licenciado D. León Fernández Martínez, Cura Ecónomo de la referida Iglesia Parroquial, se constituyó una Junta que estaba formada por: la Junta de Obras, con el señor alcalde, D. Fernando de Carranza,  y por la Junta de Fábrica, con los señores, D. Félix de Chávarri, D. Pablo Ortiz, y D. Julián de Salazar.

Dicha Junta terminadas las obras en la parroquia, presentó en enero del año 1889 el estado de cuentas, tanto de las aportaciones en forma de donativos, como de los gastos realizados en la reparación de los tejados y de la torre de la iglesia.

Siendo el total balance de los ingresos de 303.117,50 reales, y el de los gastos de 303.021,06 reales.  

En la cuenta, resultó a favor de la Fábrica un saldo de 96,46 reales, y la Junta acordó emplear dicha cantidad en la chapa de bronce que se dedicó a perpetuar el generoso donativo de 120.000 reales del Excelentísimo Señor Don Manuel Calvo. Hoy en día esta chapa se conserva en la Basílica de Santa María.

CUENTA QUE LA JUNTA DE FÁBRICA Y OBRAS PRESENTAN A LOS SEÑORES SUSCRIPTORES QUE HAN CONTRIBUIDO CON LIMOSNAS PARA LAS OBRAS DE LOS TEJADOS Y TORRE DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE 1889.

INGRESOS:

Recibidos de D. Andrés Ysasi por cuenta y orden de D. Manuel Calvo como generoso donativo para la reposición de la torre de la iglesia, 120.000 reales.
Ilustre Ayuntamiento de esta Villa, 24.000 reales.
Doña Sotera de la Mier, 20.000 real.
D. Dionisio Castaños en calidad de préstamo, 12.000 reales.
         Otro del mismo como suscriptor, 10.000 reales.
         Dos cédulas de crédito de interés de 3º clase que pertenecen a la Cofradía de la Santa Vera Cruz y hoy a la fábrica de la iglesia con la autorización del obispo, 9.122,40 reales.
          Recibidos de D. Andrés Ysasi, como generoso donativo de la Reina Regente para la reparación de la torre, 8.000 reales.
         Excelentísimo Señor Obispo de Vitoria, 8.000 reales.
D. Juan José Amézaga en Montevideo, 6.000 reales.
          D. Benigno Salazar, 5.000 reales.
          D. Fernando de Carranza, 5.000 reales.
          Doña Casilda Iturrizar, 5.000 reales.
          Doña Rufina Capetillo y sus testamentarios, 5.000 reales.
          D. Víctor Chávarri, 5.000 reales.
          D. Félix Chávarri, 5.000 reales.
D Juan Manuel Gurruchaga y sus testamentarios, 5.000 reales.
D. Nicasio Retuerto, por las obras del tejado de su capilla, 2.112,80 reales.
D. Pablo Carranza, 2.500 reales.
D. Pablo Ortiz y sus testamentarios, 2.500 reales.
D. Leocadio Castet y sus testamentarios, 2.500 reales.
D. José Antonio Zuazo de Méjico, 2.031,80 reales.
Doña Manuela Castaños, 2.000 reales.
Madera vieja vendida al Señor Elejaga, 2.000 reales.
Doña Bibiana Ruiz, 1.160 reales.
Don Hermenegildo Llaguno, 1.000 reales.
D. Francisco de los Heros, 1.000 reales.
D. Pedro Urquiola, 1.000 reales.
         Doña Rosa Lazcano y sus hijos, 1.000 reales.
         Doña Adelaida Ycaza, 1.000 reales.
         D. Francisco de la Rivas, 1000 reales.
         D. Antonio Treviño, 1.000 reales.
         Doña Epifania Lejarcegui, 1.000 reales.
         D. Ramón de Durañona, 1.000 reales.
         D. Timoteo Otaduy, 1.000 reales.
         Doña Mónica Ariño, 1.000 reales.
         Doña Laureana Menchaca, 1.000 reales.
         D. Leandro Jhon, 1.000 reales.
         D. José Jhon, 1.000 reales.
         D. Joaquín Zayas y su representación, 1.000 reales.
         D. Juan Butrón, 700 reales.
         Limosnas recibidas de varias personas con motivo del jubileo, 664 reales.
      D. Julián de Salazar, el equivalente a dos arrobas de aceite anualmente, 605, 50 reales.
          Doña Gregoria Castet, 600 reales.
          D. Francisco de Berriozabal, 500 reales.
          D. Lorenzo de Arrugaeta, 500 reales.
          Doña Petra Ycaza, 500 reales.
          Doña Eloisa Maseda, 500 reales.
          D. León Fernández, 500 reales.
          D. Pedro Lecue, 500 reales.
          D. Marcos Escorihuela, 500 reales.
          D. Marcos Larrañaga, 500 reales.
          D. Gregorio Vitorica, 500 reales.
D. José Zugasti, 500 reales.
D. Agustín Batiz, 500 reales.
D. Sebastián Navarro y su representación, 500 reales.
D. José Zayas, 500 reales.
D. Manuel Sierra, 500 reales.
Doña Elvira Llano, 500 reales.
D. José María Garay, 500 reales.
D. Manuel de Otaduy, 500 reales.
Doña María Laca, 400 reales.
Doña Ana de la Llosa, 400 reales.
D. Eugenio Buruaga, 400 reales.
D. José Yturrizar y su señora, 400 reales.
D. Domingo Epalza y su señora, 340 reales.
         Doña Dionisia Galarraga, 300 reales.
         D. Anselmo Azurmendi, 300 reales.
D. Manuel Casado, 300 reales.
         D. Fermín Álvaro, 300 reales.
         Doña Josefa de la Hormaza, 300 reales.
         D. Alfredo Escalante, 300 reales.
         D. Siro Escalante, 300 reales.
         D. Juan Bautista Manteca, 300 reales.
         Doña Manuela Gurruchaga, 200 reales.
         D. Carmelo Eguia, 200 reales.
         D. Andrés Alberdi, 200 reales.
         D. Pedro Lángara, 180 reales.
         D. Pablo Basañez, 160 reales.
         D. Francisco Polo y Garay, 150 reales.
         D. José Fernández, 120 reales.
         D. Juan Basterra, 120 reales.
         D. Ysidoro Mendizabal, 100 reales.
         D. Antonio Echaniz, 100 reales.
         D. Darío Arana, 100 reales.
         D. Galo Zayas, 100 reales.
         D. Antonio Yturralde por nueve cabrios de madera vieja, que hacen cien pies, a real el pie, 100 reales.
         D. José Jirschick, 100 reales.
         D. Francisco Javier Uriguen, 100 reales.
         D. Ricardo Jhon, 100 reales.
         Doña Ysidora Ansotegui, 100 reales.
         Doña Flora Uriguen, 100 reales.
         D. César Llanos, 100 reales.
         D. Ángel Montero, 100 reales.
         Doña Cleta García, 100 reales.
         D. Segundo Yturriaga y su señora, 100 reales.
         Doña Dámasa de la Hormaza, 100 reales.
         D. Benito San José, 100 reales.
         D. Alejo Martín, 100 reales.
         Doña María Mazas, 1oo reales.
         D. José Goiri, 100 reales.
         D. Gregorio Moro, 100 reales.
         Doña Gregoria Aguirre, 100 reales.
         D. Joaquín Ynza, 100 reales.
         D. Mariano Gurruchaga, 100 reales.
         Doña María Abad, 40 reales.
         D. Domingo Monte, 20 reales.

Total, 303.117,50 reales.
        


GASTOS:

Año 1884,
Noviembre y diciembre D. Benito Elejaga, 13.000 reales
Año 1885 
         D. Benito Elejaga diferentes aportaciones de enero a abril 33.000 reales.
         D. Julio Saracibar por condiciones y dirección, mes de abril 4.000 reales.
         D. Benito Elejaga de julio a setiembre, 27.436,80 reales.
         D. Julio Saracibar, sus honorarios por planos de la torre y demás documentos, 6.000 reales.
         D. Esteban Echeverria, Señor Procurador, 10 reales.
Total: 83.446,80 reales.
         D. Benito Elejaga, octubre, 8.000 reales
Año 1886.
         D. Benito Elejaga, once frontales, que hacen 145 pies a 4 reales el pie, 580 reales.
         Por 140 cabrios de madera vieja del tejado, que hacen 1.400 pies a un eral el pie, 1.400 reales.
         Dos cipreses del antiguo cementerio, 20 reales.
D. Mariano Gurruchaga por tasación de maderas, 10 reales.
D. Benito Elejaga, 28.000 reales.
         D. Dionisio Castaños, por préstamo que hizo a la Fábrica de esta Iglesia, 12.000 reales.
         D. César Llanos por la repartición de recibos y recusación de las cantidades, 60 reales.
Año 1887
         D. Julio Saracibar, por planos, presupuesto y demás documentos, 6.000 reales.
D. Nicolás Villanueva, 1.234,70 reales.
         D. César llanos por dos viajes a Bilbao, y por repartir los recibos y recaudar las cantidades, 50 reales.
         D. Benito Elejaga por el completo abono que se le debía por las obras de los tejados de las tres naves de la Iglesia, 9.010,40 reales.
Año 1888
         D. Manuel de Otaduy, por la dirección de las obras de los tejados de las naves laterales, 1.675,24 reales.
         D. César Llanos por repartir recibos y recaudar las cantidades y por viaje a Bilbao, 40 reales.
D. Benito Elejaga para el completo abono que se le debían por la reparación de los tejados, 1542 reales.

OBRAS DE LA TORRE.  Año 1887

Enero 5. Dos calcos en papel de la parte que antes de dar principio de las obras faltaba el de la torre, 50 reales. Dos calcos en papel de tela del plano de la torre, y un borrado del mismo en papel Whatman, 120 reales.
         Marzo, a D. Benito Elejaga entregado en efectivo el importe del certificado del maestro director de la obra de la torre, de fecha del diez del mismo y orden de pago del señor Presidente, 16.000 reales.
         Mayo, a D. Benito Elejaga, importe certificado de fecha de 12 del mismo, con el visto bueno del maestro y orden del Presidente, 16.000 reales.

            Junio, a D. Benito Elejaga, abono de 16.000 reales.
         Octubre, a D. Benito Elejaga, con el visto bueno del maestro de obras y orden del señor Presidente, dos abonos de 28.000 reales cada uno, un total de 56.000 reales.
         Noviembre, a D. Benito Elejaga por las obras, 20.000 reales.
         Diciembre, a D. Benito Elejaga, según recibo del mismo, con el visto bueno del maestro y orden del señor presidente, 4.000 reales.
         Por esquelas de defunción y cantores en las exequias por el alma de la Señora de D. Manuel Calvo, 154 reales.

Año 1888
          Marzo, a D. Benito Elejaga, 4.000 reales.
         D. Francisco de Berriozabal, sus honorarios por la dirección de las obras de la torre, 6.000 reales.
Abril, a D. Benito Elejaga, 8.000 reales.
Junio, por comida dada a los obreros después de terminar las obras, 1.111,90 reales.
Por merienda a los mismos el día que se puso la cruz de la Torre, 187, reales.
D. Benito Elejaga, 761 reales.
Al Señor Benito Elejaga, por obras de carpintería y metales empleados en la cerradura para la seguridad del público, y puntas de cobre y hierro empleados en la 2ª colocación de la Cruz, 1.512 reales.
Noviembre, a D. César Llanos por viajes a Bilao, 8 reales.
         Diciembre, a D. León Azpeitia, por trabajos ejecutados en la escalera de la torre, reparando los desperfectos causados en las obras de la misma, 584,75 reales.
         D. Nicolás de Villanueva, por 4,80 metros de represa de cinc en forrar la salida de la torre, 115,20 reales.
         D. Antonio Yturralde por las obras de albañilería en el piso de la torre, 310 reales.
         D. Francisco de Berriozabal para el completo abono que se le debían por la dirección de las obras de la torre y que eran 7.038,05 reales, se le abonan, 1.038,05 reales.
Saldo a favor de la Fábrica, 96,46 reales.
Total: 303.117, 50 reales

PRESUPUESTO GENERAL DE LAS OBRAS.

         A Don Julio Saracibar, sus honorarios por el plano de la torre, presupuesto y demás documentos, 12.000 reales.
Las obras del tejado de la nave central de la Iglesia Parroquial, 48.436,80 reales.
A D. Julio Saracibar, sus honorarios por condiciones y dirección, 4.000 reales.
           La obras de los tejados de las naves laterales, 43.180 reales.
Las obras del tejado de los cuatro últimos tramos de la nave lateral del norte, inclusas las capillas, 9.516 reales.
Las mejoras presentadas por D. Benito Elejaga en las obras de los tejados de las naves laterales, 14.314,40 reales.
A D. Manuel de Otaduy, por la dirección de las obras de los tejados de las naves laterales, 1.675,26 reales.
Las obras ejecutadas en la reposición de la torre, 140.761 reales.
D. Francisco Berriozabal, por condiciones y dirección de las obras de la torre, el 5% de 140.761 reales, valor de las obras ejecutadas, 7.038,05 reales.
Por otros varios conceptos que están expresados en la cuenta anterior, 22.099,55 reales.
Sumando los 96,46 reales destinados a la placa de Manuel Calvo, hacen un total de 303.117,50 reales.

En primer lugar la reparación de los tejados de la parroquia, comenzarían en el año 1884 siendo en maestro de obras D. Benito Lecue, y no sería hasta el año 1887 cuando se iniciaría la reparación de los desperfectos de la torre. Tardanza originada principalmente por falta de capital, y por  falta de criterio en el proyecto.

 Es por ello que una vez que es aceptado un plano definitivo, y disponiendo del donativo de 120.000 reales por parte de D. Manuel Calvo, cuando la Junta solicita al Obispo de Vitoria los permisos oportunos para comenzar la reparación.  




“Carta al Obispo de Vitoria.

D. León Fernández Martínez, Presbítero Licenciado, Cura Ecónomo de santa María de la Villa de Portugalete, Presidente de la Junta de Obras de esta Iglesia Parroquial y Fernando de Carranza, Alcalde del Ilustre Ayuntamiento de esta misma Villa.

Con la mayor consideración y respeto hacemos presente; que Don Manuel Calvo y Aguirre, natural de esta Villa de Portugalete, y residente en la Habana, ha ofrecido la cantidad de treinta mil pesetas, (120.000 reales) para la restauración de la torre de la iglesia parroquial, cuya cantidad pondrá a disposición de la mencionada junta de Obras por conducto del señor alcalde que suscribe en el momento que sean subastadas la sobras. Con tan valioso y caritativo ofrecimiento esperamos ver realizado en término no lejano el por tanto tiempo anhelado deseo de esta feligresía de ver restaurada completamente la torre de su grande y bello templo parroquial.

 Al efecto enviamos una copia del plano del segundo cuerpo de la mencionada torre parroquial, en el que se trata de llevar a cabo la reposición, el pliego de condiciones de la obra, presupuesto de gastos y el dictamen de los arquitectos Señores Angoitia y Casto Zavala, para que examinado todo por su Ilustrísima, y si merece su aprobación y fuere de su agrado.

Suplicamos, nos conceda su superior licencia para subastar las obras y llevara a cabo tan piadoso proyecto.”

 Portugalete ocho de diciembre de 1886

Sobre cómo realizar la reparación de la torre, a la fecha anterior, se habían presentado varios planos, uno de ellos, el presentado por D. Julio Saracibar presentaba en su proyecto el derribo de la torre y un  acabado de la obra que no respetaba el de la estructura de origen.

Es por ello por lo que por parte de la Junta solicitaron la opinión de los Señores arquitectos Francisco de Angoitia y  Casto de Zavala, los cuales remitieron a la Junta las siguientes cartas:

COPIA DE LA CARTA DICTAMEN DEL ARQUITECTO SEÑOR DON FRANCISCO DE ANGOITIA:

“Sr. D. León Fernández Martínez, Madrid a 16 de octubre de 1886.

Muy Señor mío y estimado amigo. Contesto a su carta del 13 anterior, que, si creo a juzgar por las apariencias, la torre de Santa María de Portugalete puede repararse sin dificultad y con gran economía, no debe dejarse correr el tiempo que vendría a completar la obra destructora de pasadas luchas, cuyo recuerdo demás conviene borrar. Si después de un escrupuloso reconocimiento de las mismas, se viera la necesidad de derribos que hoy sin pruebas creo innecesarios, la obra de la piqueta debe limitarse a lo estrictamente preciso para reedificar lo destruido, respetando las líneas generales de la obra derribada.

Porque no se trata de atacar un remiendo mal echado, se trata de una obra original, que viene a encajarse en tiempo oportuno, por esto no procede reemplazarla con otra cuyo pensamiento viene fuera de tiempo.


 La Iglesia de Santa María de Portugalete, como todas las de su tiempo, cuyas obras duraron siglos, dice la historia de la evolución, transición y trasformación de los estilos que se sucedieron durante los periodos de su lento progreso, este hecho constante les da carácter que acusa el fruto de la perseverancia, las obras que honran la memoria de nuestros mayores y fuera profanar esta memoria el suprimir los rasgos que recuerdan lo que a cada generación se debe. Insisto en mi lema, porque recuerdo haber visto un proyecto de obra original a pretexto de dar a los componentes del templo de Portugalete la unidad de estilo, pensamiento que sin duda no ha sido bien meditado, porque muy difícil sería evitar que quedasen rastros que acusaran la ligereza con que el siglo 19 exagera sus pretensiones, aún después que los años dieran a la nueva construcción el tono de las antiguas fábricas.

Por de pronto, tendríamos que sobre la portada y actual arranque de la torre que corresponde al siglo 16, se pretendiera apoyar una obra que recuerda el siglo 15, sin que el ingenio alcance a remediar con mediano éxito este anacronismo.

Como quiera derribar una torre que se encuentra en un estado de fácil reparación, que no carece de belleza, que despierta gratos recuerdos, que vino a tiempo con el carácter que recuerda la historia del monumento, para sustituirla por otra cuyo motivo no resiste la crítica, parece una idea poco aceptable. Celebraré que estos apuntes correspondan con su deseo.”

Fdo. Francisco de Angoitia.



REPARACIÓN DE LA TORRE DE SANTA MARÍA DE PORTUGALETE.

 “Efecto de luchas pasadas y recientes cuya memoria conviene borrar, aparece el grandioso templo parroquial de Portugalete en imperiosa necesidad de reparación en cuanto se refiere a la parte superior de la torre.

Se han suscitado distintas opiniones acerca de si en su solera debiera seguirse una estricta observancia del ideal de su autor, o si cabría alguna modificación de estilo so pretexto de unificarle en su conjunto.

 Opinamos estudiar el caso bajo los aspectos del Arte o estética con caso omiso de los dispendios y del coste de la reparación, teniendo presente su mayor o menor desperfecto, armonizando a la vez las reglas del arte e historia de la Arquitectura en material de reparaciones.

El carácter de los edificios sean del gusto o estilo que fuesen, se debe conservar tal como se le dieron sus autores, de esta suerte, son una historia pública de las alteraciones de la Arquitectura, ya en sus variedades ya su progresas, ya en su decadencia, los arquitectos pueden hacer comparaciones exactas y por este medio ilustrarse e ilustrar de los venideros, acerca de las bellezas o defectos del arte conciliando la propiedad gracia y majestad de cada arquitectura. La variedad que se observa en el templo de Portugalete se halla dentro de la unidad del pensamiento estético y es acaso la necesaria y conveniente para agradar huyendo de una igualdad repetida que causa y hace concebir un juicio nada favorable a la composición.

Este criterio lo mantendríamos en tesis general y mucho más en el caso particular este, que la torre se halla en estado aprovechable en más de su ochenta por ciento y fuera un desacierto seguir el camino de mayores gastos a la par de faltar el consejo prudente del Arte y el respeto de nuestros antepasados que con más fe religiosa exigían esos templos, hoy admiración y convicción de nuestra impotencia como de nueva elección.

Limitaríamos por consiguiente la consultada reparación a conservar todo cuanto se halle sostenible y a intercalar o empotrar sólidamente materiales de la misma estructura, procedencia y colocación del resto existente, terminando con una veladura general que uniformara el aspecto de la citada torre.”

 Bilbao, 11 de diciembre de 1886
Fdo. Casto de Zavala.

Siendo definitivamente tomado en cuenta el proyecto firmado con fecha de 29 de noviembre de 1886 por D. Francisco de Berriozabal, con el visto bueno del arquitecto D. Casto de Zavala, y por lo tanto ejerciendo D. Francisco Berriozabal como Director de las obras de reparación de la torre de la parroquia.  

Una vez resuelto el proyecto y disponiendo de  los fondos económicos para realizar la reparación de la torre de la parroquia, el 15 de enero de 1887, la Junta, con permiso del Obispado de Vitoria y  bajo la presidencia del Señor Licenciado D. León Fernández Martínez, Cura Ecónomo de la referida Iglesia Parroquial, ante el plano, condiciones facultativas y presupuesto dispuesto por el arquitecto D. Casto de Zavala, realizada la convocatoria oportuna, se reúnen  en Portugalete para elegir uno de los pliegos presentados por parte de  los siguientes  señores:

D. Sebastián de Durañona y Aguirre, vecino de la Villa, D. Pedro de Segurola y Unamunzaga, vecino de la Villa, D. Lino Araco, vecino de la Villa, D. José Domingo Inchaustegui vecino de Nabarniz, D. Benito de Elejaga y Lecue vecino de esta Villa.

En dicha subasta fue elegida la presentada por D. Benito de Elejaga y Lecue, con el siguiente presupuesto:

Por cada metro cúbico de sillería, (185 metros) con inclusión de molduras y adorno 135 pesetas, 25.110 pesetas
Por cada metro cúbico de mampostería, (12 metros) a 9 pesetas, 108 pesetas.
          Por anillo, cruz, grampones, etc., 1.700 pesetas.
Por talla, adornos y escultura 1.600 pesetas.
Por andamiaje y cimbras, etc. 3.700 pesetas.

Total: 32.218 pesetas, o el equivalente a 128.872 reales


Paso previo, se presenta la copia de escritura de arriendo de las obras de la Torre de la Iglesia Parroquial de Portugalete, número diez y siete, con obligación recíproca  de pagarlas previa ejecución otorgada por D. León Fernández Martínez, Presbítero, licenciado, cura Ecónomo de la Parroquia de Santa María de Portugalete a favor de D. Benito Elejaga y Lecue, carpintero, ante Don Braulio de Butrón, notario público del Ilustre Colegio de Burgos, Eclesiástico de la Diócesis de Vitoria y Agrimensor aforador, con vecindad en Portugalete, el cual certifica que:

 COPIA DE LA ESCRITURA: En esta Villa de Portugalete a 21 de enero de 1887 ante mi D. Juan Braulio de Butrón, notario público y vecino de la misma, del Colegio de la Audiencia Territorial de Burgos y testigos que se expresan compadecen: 

D. León Fernández Martínez, Presbítero, cura Ecónomo de la Parroquia de santa María de esta Villa, de cuarenta años de edad y Presidente de la Junta de obras de dicha Parroquia, por una parte, y por la otra.

D. Benito Elejaga y Lecue, vecino de esta Villa, casado de cuarenta y dos años, de profesión carpintero, los dos con sus respectivas cédulas correspondientes en el presente año económico, con capacidad jurídica para otorgar esta escritura, el primero dijo:

Que aspirando la Junta de Obras de la Parroquia de esta Villa, a restaurar las obras de la Torre de la misma y contando entre otros recursos de menos importancia, con la valiosa donación de treinta mil pesetas, que D. Manuel Calvo y Aguirre, natural de esta población, rico hacendado de la Habana, ha ofrecido poner a sus ordenes por conducto del Señor Alcalde de esta población, encargó al arquitecto D. Casto de Zavala, vecino de Bilbao la formación de planos y condiciones facultativas y una memoria del mejor sistema que en su concepto debía de prevalecer en la ejecución de tal restauración.

Que recibidos por la expresada Junta de Obras estos trabajos preliminares, quiso ver sobre ellos la opinión facultativa del arquitecto D. Francisco de Angoitia, quien la evaluó en carta del diez y seis de octubre de mil ochocientos ochenta y seis, desde Madrid, y como conviniera en la idea sustentada por dicho Arquitecto D. Casto se aceptó de lleno el plano de este Señor.

Que en esta situación acudió el exponente a su Excelencia Ilustrísima el señor Obispo de esta Diócesis con una reverente exposición fechada en esta Villa, a ocho de diciembre último, suscrita también por el señor alcalde de ella, acompañada del plano, condiciones facultativas y dictámenes conformes, suplicando que en su vista de todo se dignara conceder su superior licencia para subastar las obras.

Hay un sello con tinta azul del Obispado de Vitoria a quince de diciembre de 1886. Vistos y examinados detenidamente los dictámenes facultativos adjuntos a esta instancia, y atendiendo además a que la fábrica parroquial no dispones para llevar acabo la restauración de la Torre de otros fondos sino los ofrecidos generosamente por D. Manuel calvo y Aguirre, damos nuestra licencia para que se subasten y ejecuten las obras detalladas en el plano y presupuesto autorizados por D. Casto Zavala.

CONDICIONES FACULTATIVAS: CON ARREGLO A LAS CUALES LA JUNTA DE FÁBRICA Y OBRAS DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE SANTA MARÍA DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EN UNIÓN DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA MISMA TRATA DE SUBASTAR LAS OBRAS DE REPARACIÓN DE LA TORRE DE LA MENCIONADA IGLESIA PARROQUIAL.



Artículo 1º Antes de dar principio a las expresadas obras se construirá el correspondiente andamiaje, compuesto por una buena zapata de diez por veinticinco centímetros de escuadra, asentada a perfecto nivel sobre la cornisa del primer cuerpo, sobre esta se asentarán doce pies derechos, viguetas pino de veinte centímetros en cuadro que ligadas con travesaños horizontales, cruces de San Andrés y diagonales puedan subir por medio de empalmes convenientemente dispuestos y atornillados, hasta la terminación de la cúpula o medio limón, desde donde con otros perfectamente combinados y en sitios que no estorben se subirá hasta la terminación de la ora nueva. El sistema que se emplee para andamios o pisos horizontales se compondrá de fuertes tablones cuyo vano no excederá de dos metros y perfectamente asegurados, tendrá su barandilla de seguridad y escalera de subida en buenas condiciones.

Con respecto a la elevación y bajada de materiales, podrá valerse el contratista de ascensos, planos inclinados, cabrias, además siempre serán estos de completa satisfacción del director o encargado, el que después de examinados permitirá o negará su uso.

Artículo 2º La piedra de sillería que se emplee tanto en el arreglo de lo existente como en la obra nueva, será indispensablemente de las canteras de Arrigunaga, por ser la que más se parece a la empleada en la obra existente. Estas serán de las bancadas mas duras, exentas de pelos, betas, cogueras depósitos terrosos, y su Lara se efectuará a trínchela, observando cuanta moldura, adorno, cornisa y demás existente en la obra que trata de restaurarse, lo propio que lo indica el plano en la obra nueva, para lo cual y escultura que indica, se dejarán los sillones en ele vuelo necesario.

Artículo 3º Toda piedra existente en el segundo cuerpo con inclusión de la cornisa del primero que adolezca  del menos defecto, tanto en medida como apretamiento mal asentada, poca entrada voladiza, se sacará y en su remplazo se sustituirá por otra que lleve y se halle exenta de dichos defectos o faltas, y el trasdosado de dichos sillones conforme a la construcción existente se efectuará con buena mampostería limpiando y mejorándola primeramente, y empleando después abundantes lechadas de cal hidráulica fresca de Zumaya. La reposición de sillares defectuosos, se efectuarán del mismo modo interiormente, esto es en los paramentos posteriores, para todo lo cual se emplearán andamios y cimbras resistentes para los arcos, así como los gatos y demás para los sillares y alzaprimas. El mortero que tanto en esta restauración como en la nueva obra se emplee se compondrá de dos partes de buena cal y tres de arena, ambas mezcladas con una cuarta parte de cal hidráulica más perfectamente tamizada.


Artículo 4º Excluida la construcción existente de toda piedra defectuosa, agrietada y demás, así como las molduras y adornos que antes tenía, y elevada hasta el arranque del medio limón y cúpula con los indicados adornos, se procederá completar la construcción del expresado limón colocando primeramente su correspondiente cimborrio, y sacando cuanto sillar defectuoso se encuentre en la obra existente se reemplazarán por buenos según se ha indicado. La escuadra de las piezas que se empleen lo propios que su asiento, se harán en las mismas condiciones que lo viejo, y tanto las que formen el anillo como los arcos, ligaduras, se construirán con piezas que, llenado las condiciones de dimensiones, sean las más duras entre las que aporten de las canteras.


Artículo 5º Por la parte interior del anillo, se colocará otro de hierro resistente con dos buenos diámetros normales de suerte que dejen en su unión un agujero en el que se asegure la cruz y pararrayo, este anillo será de hierro dulce reforzado en la unión con los diámetros, y se pintará convenientemente antes de colocarlo.



Artículo 6º La linterna que como obra nueva se indica en el adjunto plano, arrancando de una pequeña base situada sobre el anillo, se eleva por medio de cuatro machones, que unidos por arcos de medio punto cierran la parte superior en los que existen el cornisamiento, interiormente termina con un pequeño casquete esférico. Sobre este cuerpo se eleva el cimborrio, que terminado por una esfera de sillería recibe la cruz y pararrayos. La construcción de la expresada linterna, es toda de sillería labrada, por el brazo de la cruz, y sus sillares se sujetarán con espigas de hierro y abrazaderas. Su despiece se indicará con plantillas que con arreglo al adjunto plano y en tamaño natural, se facilite a su debido tiempo. Tanto el asiento de la sillería que la constituye como los adornos y demás que la decoran, precisan un trabajo esmeradísimo por lo cual, todo se labrará a trincheta fina, y los adornos serán trabajados por persona completamente idónea, respondiendo o el contratista de cuanto podría ocurrir en cuanto   asiento y ligazón.

Artículo 7º La cruz que será de hierro feligranada y dorada a fuego, apoyándose en el anillo antes dicho, servirá para la sujeción de pararrayos, tendrá a la altura conveniente una veleta indicador de la dirección del viento. Será de cuenta de este remate la colocación del pararrayos existente a la altura y forma que se indique.

Artículo 8º Se retundirá la sillería nueva y reja de la cornisa del primer cuerpo, la del segundo por dentro y fuera lo propio que la cúpula o limón y linterna, recibiendo con cal hidráulica las puntas y pasándolas al ejecutarlas el hierro, muy particularmente alas molduras y ángulos. Los ángeles alados, mensuras y demás adornos quedaran perfectamente concluidos a completa satisfacción del director quedando toda la obra cual si fuera de reciente construcción.

Artículo 9º En los sillares y demás cornisas adornos, etc., se observará el que las piedras tengan las mismas dimensiones de las que sustituyan, pues deberán además ser horizontales y a nivel de caras de juntas sin que en aquellas se encuentren garrotes ni alaveos de ningún genero, y en estas o las verticales, dos juntas enhiladas o asientos contiguos en una plomada. Deberán a todo trance evitarse los tacos emplastecidos y embetunados que tanto desdicen en obras en que la artística colocación de las juntas despiezo contribuye por si sola a darle realce a la construcción.

Artículo 10º Las plantillas para la obra de la sillería y demás que se precisa, lo mismo que la escuadra del anillo, espigas, abrazaderas y demás hierro, y madera serán adquiridas por el contratista y trazadas por el Director el que como tal, ordenará el curso que deberá seguir al construcción, siendo el único juez en todo lo que a la misma se refiera tanto científica como económica y obligado el contratista a estar y pasar por lo que el Director ordene.

Artículo 11º Será responsable el contratista de cuantos desperfectos o perjuicios puedan derivarse tanto en la torre como en los tejados de la iglesia, e interior de esta, y obligado por consiguiente a responder a completa satisfacción, respondiendo a dichas averías el depósito de fianza y el plazo o plazos que por obras hechas tenga que recibir.

Artículo 12º Todo cuanto a la presente construcción atañe lo propio que sus circunstancias serán resueltas por el director, único juez a cuyo fallo se someterán el contratista, sin apelación de ningún género. Más si por cualquier causa se aumentaran, disminuyeran o variaran las obras especificadas, nunca en los dos primeros casos podrá exigir más precio que el adjudicado en el presupuesto a cada obra de volumen, y si estas no existieran especificadas en el presupuesto el director dados los precios corrientes de la localidad y circunstancias especiales de la que se trata se aplicara el que corresponda, estando el contratista obligado a esta y pasar por el mismo.

Artículo 13º En el plazo para la terminación de las obras, será el de diez meses a contar desde la fecha de la escritura de compromiso, previa fianza abonada, entendiéndose que satisfará veinticinco pesetas por cada día que exceda de dicho plazo, como perjuicio a la fábrica parroquial.

AHEB/BEHA, 3143/004-00

Aurelio Gutiérrez Martín de Vidales.

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