jueves, 9 de agosto de 2018

JOSE ANTONIO DE LA MIER PEREZ DE AL VEGA


JOSE ANTONIO DE LA MIER PEREZ de la vega


José Antonio de la Mier Pérez de la Vega, es bautizado en Santurce el 19 de marzo de 1781 y falleció en Dima , Meridad de Arratia el 14 de junio de 1854 a consecuencia de una congestión cerebral. Sus funerales y entierro se celebraron en Portugalete el 15 de junio. Era hijo de Francisco Antonio de la Mier Río y de Gregoria Antonia Pérez de la Vega, naturales de Soano-Cantabria. Sus abuelos paternos fueron, Francisco Antonio de la Mier y María del Río, y los maternos Lucas Pérez del Corral y Teresa de la Vega, vecinos todos ellos de Soano. Sus padrinos en el bautizo fueron, Felipe Gregorio de Merro natural de Santurce y Teresa de Quintana natural de Portugalete.

Sus hermanos, todos nacidos en Santurce fueron, María Ramona Mier Pérez nacida el 25/03/1783 y que se casó en el mismo pueblo con Hilario Llano Villanueva el 01/02/1815, Micaela Juana Mier Pérez, 30/09/1785 y María Josefa 21/10/1788.

Casado en dos ocasiones, la primera vez que contrae matrimonio es en Santurtzi el 1 de diciembre del 1805 con la viuda Gavina Elorriaga López, la cual fallece en Portugalete el 25 de setiembre del 1824.

Sus segundas nupcias se celebraron el 30 de enero del 1826 en Santurtzi con Rufina Capetillo Ruiz de la Pedraza, la cual nace en Santurtzi el 27 de agosto del 1797 y fallece en Portugalete el 5 de octubre del 1887.

 José Antonio de la Mier, con su primera esposa Gavina Elorriaga López con la que vivió en Santurtzi hasta el año 1814 en la que pasaron a vivir a Portugalete, tuvieron los siguientes hijos:

      Nacidos en Santurtzi: José María Mier Elorriaga 01/10/1806, María Faustina 15/02/1808, María Genara 25/10/1809, Enrique Antonio 16/07/1811, María Eufemia 21/03/1813, María Isidora 05/04/1814.

       Nacidos en Portugalete: Marta 30/07/1815, Francisco Antonio 04/10/1816, Juliana Faustina 16/02/1818, María Isidra 15/05/1819, y Josefa Sotera Mier Elorriaga el 22/04/1821.

 José Antonio de la Mier, con su segunda esposa, Rufina Capetillo Ruiz de la Pedraza, tuvieron los siguientes hijos:

      Nacidos en Portugalete: Pedro José Mier Capetillo 13/05/1827, Juana Paula 26/06/1828, Aniceta Josefa 19/04/1830, Josefa Mier Capetillo, 24/04/1831, María Ángela 01/03/1833, Francisca Juliana 18/09/1838 y Catalina Sotera Mier Capetillo el 26/11/1842.


Anteriormente Gavina Elorriaga López, había contraído matrimonio en Santurtzi el 20 de octubre de 1794 con José Antonio Cabieces Álvarez. Sus hijos nacidos los tres en Santurtzi fueron: José Martín,  12/10/1795, José Apolinar,  23/07/1800 y María Carmen,  27/06/1801.

De esta extensa familia cabe destacar los matrimonios de su hija Sotera de la Mier Elorriaga con José de Gorostiza y del Casal, en Portugalete el 06/12/1841, el de su nieta Victoriana Velarde de la Mier, hija de Fernando de Velarde y de María Genara de la Mier, la cual se casó en Portugalete el 10/02/1868 con Braulio de Chavarri Alisal,  el de María Angela de la Mier Capetillo con Félix Chavarri Alisal en Portugalete el 19/10/1856, y el de María Faustina Mier Elorriaga llevado a cabo en Portugalete el 05/02/1825 con Antonio Bonifacio Vildosola Labayen.

 En el censo general de Portugalete del añ0 1824, José Antonio aparece como residente en la calle del Santo Cristo y del Medio, en esa fecha su estado era viudo con 44 años de edad, y en el momento de realizar el censo llevaba residiendo en Portugalete 10 años, siendo su ocupación principal la de tratante de minas. Cuatro años antes, en 1820 había sido elegido alcalde de la Villa. Anteriormente lo había sido en el año 1811 del pueblo de Santurce.

José Tomás Antonio de la Mier Pérez, fue un importante empresario, socio fundador de La Sociedad «Ibarra, Mier y Compañía.» junto a don Nicolás Marí­a de Llano, don José de Chavarri y don José Antonio de Ibarra y de los Santos, fue escriturada en 1827, y tras de algunas vicisitudes y prórrogas, modificada en 1846.

 Explotadora de las Minas de Somorrostro, enta­bló relaciones comerciales con los Ibarra, de Bilbao, y con la familia Vilallonga, de Cataluña, que empleaba aquel mineral en su fábrica de hierro del sistema de forjas catalanas denominada «La Cata­lana», y esas relaciones comerciales constituyeron el germen de la poderosa industria siderúrgica de nuestra provincia de la cual ha sido, y continúa siendo fundamento cardinal, la Sociedad «Altos Hornos de Vizcaya».

En Guriezo fundaron los Ibarra la «Fábrica de Hierro de Nuestra Señora de la Merced» por escri­tura pública otorgada en 1845, fábrica que estaba dotada de un horno alto que trabajaba con carbón vegetal y vientos frí­os y estaba dotada de cinco hornos pare pudelar y recalentar, y de tres trenes pequeños de laminación.

En I854, a raí­z del fallecimiento de don José Antonio de la Mier, se constituyó la Sociedad «Ibarra, Hermanos y Compañí­a», y en 27 de enero de 1860, una Sociedad comanditaria «Ibarra y Compañí­a» que fue, la que vendió la «Fábrica de Nuestra Señora de la Merced», de Guriezo, a la Sociedad «Altos Hornos y Fábricas de Hierro y Acero de Bilbao».

Propietario a su vez de fincas rústicas en la zona de Azeta y Abatxolo lugares donde se producía un excelente chacolí, y del cual obtenía buenas rentas. Como miembro de la Sociedad” Ibarra, Mier y Compañía” fue propietario de las minas: Barga, Orconera, Primavera, Sotera y tres antiguas sin nombre ni demarcar, radicadas en Bomba, Bomba Vieja y Cadegal. (AMP, l.98, núm.97.) Así mismo también invirtió en fletes marítimos, sobre todo relacionado con el movimiento de cargas de mineral.


Igualmente, que lo hicieron sus competidores y luego socios, se aprovechó de La ley General de Minas dictadas para todo el reino por Fernando VII en el año 1825 y así poder registrar cotos mineros a su nombre.

Sus inicios mercantiles no estuvieron exentos de pleitos y denuncias, que bien pudieron truncar su biografía y la de sus descendientes. En noviembre del año 1805 fue denunciado por tener modificada su edad en la partida de nacimiento, es decir no cumplir el requisito de tener legalmente los 25 años cumplidos a la hora de solicitar el cargo de Síndico Provincial en los Tres Concejos del Valle de Somorrostro, además de no tener ascendencia vizcaína por parte de padres y abuelos y por último ocupar un cargo que no estaba vacante.

"Muy Noble y Muy Leal Señorío de Vizcaya, Ilustrísimo Señor Josef Félix de Aresti, Escribano de los Tres Concejos de Somorrostro ante Vuestra Su Señoría con el respeto debido expongo que, en estos Tres Concejos, nunca se han conocido más que dos Escribanos, y teniendo presente este acuerdo que aún este número era excesivo para ellos, prefirió por su reglamento de veinte y ocho de julio de mil ochocientos, aprobado por su Majestad, Dios le guarde, que trata del modo que se ha de observar en la provisión de Notarias para este Muy Noble y Muy Leal Señorío de Vizcaya, que en dichos Concejos, en lo sucesivo, no hubiese más que un Escribano, pero observando tan conforme reglamento, se ve recientemente que Josef Antonio de la Mier, morador en Santurce ha conseguido la notaria de Reinos para los mismos concejos, sin duda sorprendiendo la justificación de Vuestra Su Señoría, y aún de la Real Cámara de Castilla, sobre que más adelante me sirvo exponer oportunamente, lo que me importe donde y como convenga.

El recordado Mier no es vizcaíno por padre ni abuelo, como era preciso lo fuese según fuero de este Señorío para ejercer en el de Notario de Reinos, y aún estoy en que no tiene justificada su Nobleza en forma y cuando la tenga necesite acreditar ser vizcaíno. De estos defectos enormes adolece el nuevo Escribano Mier que saltando lo acordado se ha recibido de Notario de Reinos para los tres Concejos, pero aún es mayor si cabe y hecho Criminal el que se advierte en su partida bautismal.

Se bautizó Mier en diez y nueve de marzo del año mil setecientos ochenta y uno, (19 de marzo de 1781), y como aún no tuviese la edad de los veinticinco años para recibirse de escribano, resulta borrado el y uno de mil setecientos ochenta y uno, pero con la desgracia que se conoce el fraude, pues además se percibiese que el y uno se halla en otra partida de otro año de mil setecientos ochenta y uno y  de cuya la preceden hasta doce, y la siguen muchas más, así es que no tiene  hoy los veinte y cinco años.

Solicito su consignio de S.M. dispensa de edad por ser competente en fraude y contravención de la Ley, y haciéndose digno de los mayores castigos sobre que también reservo exponer lo conveniente cuando y donde importe. Ahora bien, para recibirse Mier de Escribano para los concejos no hubo un desistimiento de los otros dos que en ellos hay que causase vacante como era preciso de que se precise en el nombrado Reglamento y puntual cumplimento que se debe observarse en todas partes como confirmado por Nuestro Soberano.

Aún disimulado este defecto por un momento y no más, y dado el caso de que no hubiese tal reglamento, fáltale a Mier la cualidad de vizcaíno, pero supongamos por otro instante que también lo sea, y sin embargo siempre venimos a pasar en que no tiene la edad competente. Por todo lo cual debe no concedérsele el título de Escribano con absoluta prohibición de ejercer este oficio en el Señorío, saliendo a la causa en defensa de la observancia de los fueros de los Síndicos Procuradores Generales de este Señorío y cuando a esto por ahora no hubiese lugar para acreditar los dos últimos extremos de falta de “vizcainia” y edad, de dicho José Antonio de la Mier.


Suplico a Vuestra Su Señoría se sirvan que por pronta providencia a continuación se compulse la partida bautismal del Escribano Mier con citación de uno de los Síndicos, librándose despacho con las comisiones necesarias y para que el Escribano que entienda en esta diligencia con presencia del Libro con su razón certifique lo que adviniese relativo a la enmienda y demás que llevo expuesto de otra partida con toda claridad y especificación, acordando a consecuencia lo que llevo arriba solicitado en lo que sea de justicia recibida merced.

Dios guarde a V.S.S., Santurce, noviembre de mil ochocientos cinco, José Félix de Aresti". AHFB-J-01474/029.

Después de diversos pleitos e investigaciones, el 24 de julio del año 1806, los señores, alcalde mayor y el Diputado General del Señorío de Vizcaya, determinan que por ahora no se siga a nombre del Señorío instancia alguna en el Supremo Consejo en el asunto de que se trata en el expediente contra José Antonio De la Mier Pérez.

Aurelio Gutiérrez Martín de Vidales








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