OBRA PÍA DE
DON CRISTÓBAL MELLO REBONZA
Cristóbal Mello Rebonza,
Almirante General de la Armada española del Mar del Sur, y gobernador y
superintendente de fábricas de galeones en Puna, Guayaquil, (1656), Caballero
de la Orden de Santiago desde el año 1667 y titular de casas armeras en Sestao y
Portugalete, nace en el Concejo de Sestao aproximadamente en el año 1610 y
fallece alrededor del año 1674, tal y como lo manifiestan diversos pleitos
surgidos tras su fallecimiento:
“Autos
promovidos por Domingo y Juan de Urioste y Francisco de Nocedal, vecinos del
concejo de Santurce, contra Antonia de Rasines, viuda de Cristóbal del Mello,
caballero de la Orden de Santiago, vecino que fue de la villa de Portugalete.
El motivo de los autos es el cumplimiento de la obra pía fundada por el
citado Cristóbal del Mello”.
1674-03-02, BFAH, JCR0842/020
“Autos promovidos por Pedro de
Mendibil, como poderhabiente de María Antonia de Rasines, viuda de Cristóbal del Mello,
vecina de la villa de Portugalete, sobre información de utilidad para la venta
de la cama, alhajas y otros efectos que quedaron tras el fallecimiento del
citado Cristóbal del Mello” 1675-07-09, BFAH, JCR0643/024
Sus padres fueron Diego del Mello
y Villar, natural del Concejo de Santurce y María Rebonza y Guero, natural del
Concejo de Sestao. Los abuelos paternos fueron, Martín del Mello y María Andrés
de Villar, naturales del Concejo de Santurce. Siendo los abuelos maternos,
Pedro de Rebonza natural del Concejo Sestao y Juana del Guero natural del
Concejo de San Salvador del Valle, Su matrimonio con María Antonia de Rasines,
hija del capitán Francisco de Rasines y María Sanjuan de Gordón le llevó a
residir en Portugalete. (Goio
Bañales,” In ínsula Maris” y blog “Sestao en el recuerdo”
En el Archivo Histórico
Eclesiástico de Bizkaia, Fondo Santa María de Portugalete, como consecuencia de
diversos pleitos surgidos por la aplicación de la dotación de la obra pía fundada
por Cristóbal Mello, se encuentra entre otros más el siguiente documento:
CLAUSULA
DE FUNDACIÓN DE OBRA PIA POR EL GENERAL DON CRISTÓBAL DE MELLO REBONZA
“ Yten
declaro que cumplido este mi testamento cerrado y dada satisfacción, di los
mandos referidos en remanente de todos mis bienes apartando a mi mujer con su
nieta, es mi voluntad se ponga en censos bien fundados con la mejor presteza y
solemnidad que mis testamentarios puedan sobre que les encargo mucho sus
coincidencias y que mi hacienda se destinare en cada un año sea para casar una,
dos, tres, o cuatro huérfanas en cada un año, sacando ante toda las cosas mil ducados de vellón para que la dicha
Antonia, mi mujer pueda dar a una de sus nietas la que le pareciese más digna.
De
esta manera para que tome el estado que le pareciese y sacando unos mil ducados
y lo demás que, en las cláusulas antecedentes, tengo mandado lo residuo de mis
bienes como tengo dicho se ponga en censos y todo lo que ellos reditaron se le dé
cada año, a una, dos, tres o cuatro doncellas huérfanas, que las tales sean de
toda honestidad, de buena forma, reconsideradas virtuosas siendo siempre
preferidas las parientes mías. Y siempre que probaren ser, lo tengan antelación
a otras. Y así es que se hallaren parientas mías en un mismo grado, sean
preferidas las que fuesen del linaje del Mello y Rebonza.
Y
es mi voluntad que si alguna quisiere ser religiosa puedan aplicarle a la tal,
todo el rédito de un año o dos, para que con mayor conveniencia tome estado tan
perfecto. Y dando caso que no haya parientas doncellas para obtener esta obra pía,
quiero que sean preferidas en primer lugar las doncellas huérfanas del lugar de
Sestao, y después de Santurce y después de estos dos lugares las de esta villa
de Portugalete.
Y
para que con más acierto y elección tenga cumplimiento esta obra pía, nombro
por Patronos perpetuos de ella a los señores Curas y Beneficiados de esta villa
de Portugalete, encargándoles mucho la conciencia que en la elección de estas
huérfanas tengan por objeto la pobreza y virtud y no otra pasión alguna. Y les
suplico a los que ahora son y adelante fuesen a quienes para en perpetuo nombre
por Patronos de ella que inquieran las costumbres y el modo de vivir de las que
han de ser elegidas, y que siempre elijan a las más virtuosas.
Y
es mi voluntad que antes que les hayan de entregar el dinero de esta obra pía,
las obliguen a que hagan decir cada una de las elegidas una misa cantada en el
altar de nuestra Señora del Rosario por mi alma, y las de mis antepasados, y
que en mi encomienden a Dios. Y también
es mi voluntad que, si fueren dos, tres o cuatro las elegidas en un año cada
una de ellas sea obligada a hacerme decir una misa, y si una llevare lo que
habían de llevar dos, tres o cuatro de esta obra pía que en esto dejo según la
calidad de la doncella que fuere a la prudencia de los señores Patrones el
podérselo aplicar a una, me haga decir tantas cuantas partes llevare.”
AHEB-BEHA, F006.328 (3052/000-00)
Aurelio Gutiérrez Martín de
Vidales
Aurelio, me imagino que ya sabes que actualmente el escudo heráldico se encuentra en Coscojales (en la fachada del "Patxin II").
ResponderEliminarSi te refieres al que está encima de la puerta del portal N17, es el mismo y del mismo lugar que el que encabeza el artículo.
ResponderEliminarBuen trabajo de investigación Aurelio Zorionak
ResponderEliminarGracias.
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