LA
FAMILIA CASTET Y MARISMAS DE SESTAO
Cuando emprendí la tarea de
publicar la historia de la Siderurgia en la Ría, es decir de parte de las empresas
que ocuparon las llamadas marismas de Sestao, era para mi de suma importancia
investigar el devenir en la historia de estas, antes y después de las Leyes de la
desamortización.
Por una parte, estaba el convento
“Desierto” y, por otro lado, la familia Castet, a los
cuales ya había investigado anteriormente y de los que me llamó poderosamente
la atención la prontitud de como alcanzaron la relevancia social de ricos comerciantes
en Portugalete.
Del documento siguiente AHFB,
R00566/013, realizado en el año 1882 a resultas de la venta de parte de dichas
marismas a la Sociedad la “Vizcaya” es significativo el dato que siendo tal el
precio de tasación en que el Estado valora las marismas, estas fueran adquiridas por la Sociedad Hermanos Castet por un valor muy superior al de tasación.
“Unas marismas sitas en
jurisdicción de Portugalete denominadas de Sestao, propiedad de bienes del
Estado, de cabida y superficie de ciento
cincuenta hectáreas, dos áreas y cinco metro, lindantes al norte con el Mar,
por el Sur con las tapias del desierto, por el Este con los muelles de la
Benedicta, cuyas marismas se inundan periódicamente en su totalidad por el agua
saladas de las mareas y no producen vegetación de ninguna especie según el
anuncio inserto en el Boletín Oficial de esta Provincia de Alava, el 26 de
marzo de 1860, número 37, hallándose inscrita dicha finca a nombre del Estado
con arreglo al artículo 8º del real decreto de 6 de noviembre de 1863 en el
Registro de la propiedad del partido de Valmaseda, lomo 29, folio 188, finca
nº80, inscripción primera con fecha del presente mes y año…
Esta finca de que se trata, fue
tasada en la cantidad de diez mil reales
de vellón, o sea, mil escudos, capitalizados en la de cuatro mil quinientos
reales o sea cuatrocientos cincuenta escudos. La oportuna subasta tuvo efecto
en el día 24 del mes de abril de 1860, ( pudiera ser en realidad un error en el
acta y ser el año 1866), quedando el remate a favor de Máximo Castet y Cerro,
vecino de Portugalete, casado, propietario, de cincuenta y cinco años de edad,
representante de la Sociedad Castet Hermanos, como mejor postor en la suma de cien mil quinientos reales o sea diez
mil quinientos reales a pagar en veinte plazos señalados por las leyes vigentes
de desamortización para la venta de bienes de menor cuantía a cuya clase
corresponde la finca subastada.
Aprobado este remate y adjudicado a Don Máximo
Castet y Cerro, vecino y Alcalde actual de Portugalete por la Junta Superior de
ventas de Bienes Nacionales en sesión de 16 de agosto de 1866, se comunicó el
expediente a este mi juzgado, y se notificó dicha adjudicación al expresado Don
Máximo Castet y Cerro el día 9 del presente mes, quien verificó el pago del
primer plazo la importante cantidad de quinientos dos escudos quinientas
milésimas, ósea cinco mil veinticinco reales al contado según resulta de la
carta de pago expedida por la Tesorería de Hacienda.
En la carta de pago figura que,
Don Carlos Mosé y Estrada, Jefe honorario de Administración, Caballero de la
orden americana de Isabel la Católica, y Tesorero de hacienda pública de la
citada provincia, certifica haber recibido de los Señores Castet hermanos
vecinos de Portugalete, la cantidad de quinientos dos escudos y quinientas
milésimas, importe del primer plazo al contado de cien mil quinientos reales, o
sea diez mil cincuenta escudos en que se han sido adjudicadas unas marismas,
número 20 del inventario, sitas en jurisdicción de Portugalete y denominadas de
Sestao, propiedad del Estado, y que fueron adjudicadas a su favor por la Junta Superior
el 16 de agosto de 1866.”
Aurelio Gutiérrez Martín de Vidales
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