jueves, 11 de mayo de 2023

 

PLEITOS JURISDICCIONALES PORTUGALETE SANTURCE 1865

2ª PARTE



En el Concejo de Santurce en sesión extraordinaria celebrada el 15 de marzo de 1865, el Sr. Presidente manifestó que por los decretos del día doce de marzo y día trece de marzo del mismo y mes actual, están enterados varios de los concurrentes de las comunicaciones que ha habido entre el Sr. presidente y Alcalde de Portugalete con respecto de haber colocado una taberna de vino clarete y efectos de abacería el Ayuntamiento de dicha villa en el barrio nuevo de la Chicharra, y pretender que no pasen los cadáveres de los barrios de Rivas y Repélega por las calles de la villa de Portugalete a este cementerio, jurisdicción que existía antes que se fundó dicha villa.

Que para dar principio a la división de jurisdicción de dichos dos pueblos sería conveniente el que se nombrase una comisión de cinco o seis individuos en unión del citado Escribano, pasasen a los puntos divisorios de Santa Clara y Arbolcillo, reconocieran las cruces que allí existen y formen un acta con todas las formalidades debidas por el antes citado Escribano para unirla al expediente.

Enterados todos los concurrentes de lo manifestado por dicho Sr. Presidente, acordaron unánime conformidad para ejecutar inmediatamente lo que queda manifestado, y se nombre una comisión con amplias facultades para que reconozcan, amplíen y pinten de encarnado las nominadas cruces de Santa Clara y el Arbolcillo, y formen un acta testimoniada por toda la comisión y Escribano para unirla al original.



En el Concejo de Santurce en sesión extraordinaria celebrada el 23 de marzo de 1865, al Presidente le consta que el Ayuntamiento de la villa de Portugalete trata de presentarse al Sr. Gobernador civil de la provincia sobre las contestaciones que ha habido con el Sr. Alcalde de dicha villa acerca de las tabernas que se han establecido nuevamente en el barrio nuevo de la Chicharra por parte de aquella villa, y en el Arbolcillo por parte de este Concejo. También que tratan de parar el primer cadáver que haya para conducir a este cementerio de los barrios de Rivas y Repélega, pasando por donde siempre ha sido costumbre atacando de este modo nuestra jurisdicción eclesiástica y acordaron:

Que pase el Sr. Fernando Valderrama y confidencialmente exponga al Sr. Gobernador civil el anómalo estado de las jurisdicciones que existen entre ambos pueblos, y lo que crea ser conveniente a cerca de ello. AHFB, Ortuella 0066/005

En la Gaceta Oficial nº216 de fecha del 3 de agosto de 1868.  está publicada la sentencia de la linea divisoria entre Portugalete y Santurtzi tomando en cuenta el altuzano de la casa torre del Coronel.

Aurelio Gutiérrez Martín de Vidales

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario