PLEITOS
JURISDICCIONALES PORTUGALETE SANTURCE 1865
2ª PARTE
En el Concejo de Santurce en sesión
extraordinaria celebrada el 15 de marzo de 1865, el Sr. Presidente manifestó
que por los decretos del día doce de marzo y día trece de marzo del mismo y mes
actual, están enterados varios de los concurrentes de las comunicaciones que ha
habido entre el Sr. presidente y Alcalde de Portugalete con respecto de haber colocado
una taberna de vino clarete y efectos de abacería el Ayuntamiento de dicha
villa en el barrio nuevo de la Chicharra, y pretender que no pasen los
cadáveres de los barrios de Rivas y Repélega por las calles de la villa de
Portugalete a este cementerio, jurisdicción que existía antes que se fundó
dicha villa.
Que para dar principio a la división de
jurisdicción de dichos dos pueblos sería conveniente el que se nombrase una
comisión de cinco o seis individuos en unión del citado Escribano, pasasen a
los puntos divisorios de Santa Clara y Arbolcillo, reconocieran las cruces que
allí existen y formen un acta con todas las formalidades debidas por el antes
citado Escribano para unirla al expediente.
Enterados todos los concurrentes
de lo manifestado por dicho Sr. Presidente, acordaron unánime conformidad para
ejecutar inmediatamente lo que queda manifestado, y se nombre una comisión con
amplias facultades para que reconozcan, amplíen y pinten de encarnado las
nominadas cruces de Santa Clara y el Arbolcillo, y formen un acta testimoniada
por toda la comisión y Escribano para unirla al original.
En el Concejo de Santurce en sesión
extraordinaria celebrada el 23 de marzo de 1865, al Presidente le consta que
el Ayuntamiento de la villa de Portugalete trata de presentarse al Sr. Gobernador
civil de la provincia sobre las contestaciones que ha habido con el Sr. Alcalde
de dicha villa acerca de las tabernas que se han establecido nuevamente en el
barrio nuevo de la Chicharra por parte de aquella villa, y en el Arbolcillo por
parte de este Concejo. También que tratan de parar el primer cadáver que haya
para conducir a este cementerio de los barrios de Rivas y Repélega, pasando por
donde siempre ha sido costumbre atacando de este modo nuestra jurisdicción
eclesiástica y acordaron:
Que pase el Sr. Fernando Valderrama
y confidencialmente exponga al Sr. Gobernador civil el anómalo estado de las
jurisdicciones que existen entre ambos pueblos, y lo que crea ser conveniente a
cerca de ello.
En la Gaceta Oficial nº216 de fecha del 3 de agosto de 1868. está publicada la sentencia de la linea divisoria entre Portugalete y Santurtzi tomando en cuenta el altuzano de la casa torre del Coronel.
Aurelio Gutiérrez Martín de Vidales
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