BIENES EN PORTUGALETE DEL MARQUÉS DE VILLARREAL
JOSÉ
DÍAZ-PIMIENTA Y PARADA
El que fuera el VI marqués de Villarreal, José
Díaz-Pimienta y Parada (Madrid, 2 de mayo de 1773-Albacete, 13 de abril de
1809), disponía en Portugalete bienes que en su día fueron administrados
por Fermín Nicolás Lejarcegui Zubieta declarando este el 26 de julio de 1799 en
Portugalete lo siguiente:
Razón que yo Fermín Nicolás
Lexardegui, vecino de Portugalete y administrador del Señor Marqués de
Villarreal, doy de las tierras y pensiones de las haciendas pertenecientes a
dicho señor en esta dicha villa y sus inmediaciones.
Rentas en Portugalete y su
jurisdicción: Por una casa sita en el solar de alto a
bajo, 1200 reales. Por una habitación o media casa en la calle de medio de
esta referida villa, en la que vive Juan de Zugazaga, juntamente con la viña o
cepón y tierras de San Roque, y un terreno en Abaro, todo en
jurisdicción de esta, 485 reales. Por la mitad poco más o menos de una cerrada
en Calega que contiene un poco de viña y tierras de pan llevar, y una
huertecilla con algunas cepas en Abaro, 215 reales. Por otra mitad de dicha
cerrada de Calega, 215 reales. Por una huertecilla tras esta Iglesia
Parroquial, 55 reales.
Rentas en Sestao: Por una casa con
tierras que sirve Manuela de Zubaran, 440 reales. Por otra casa con tierras que
sirve Manuel de Artagabeitia, 440 reales.
Rentas en San Salvador del Valle,
uno de los Concejos de Somorrostro: Por una casería llamada de Basori
en la que sirve Juan de Ugarte, 1600 reales. Por otra casa con tierras en el
barrio de Escontrilla en la que sirve Antonio de Landabaso, 320 reales.
Rentas en Lexona: Por una
casa torre de Alzaga y tierras en la que sirven Ramón de Zubiaur, u
Gabriel de Lexonabeitia, 900 reales. Por otra casa llamada Molino Viejo y
tierras en que sirve Antonio de Sesumaga, 360 reales.
Rentas en Guecho: Por 12
a 13 peonadas en el término de Basoandi que tienen los arriba referidos
Zubiaur y Sesumaga con José de Aranzamendi.
Por un censo que consta tiene Ramón de la
Fuente del Valle de Trápaga, 19 reales.
La totalidad de rentas que se deben percibir
este año de 1799 sin el desfalco de las cargas o pensiones y demás gastos
necesario y precisos ascienden a 6859 reales.
Gastos previstos: Y para
este presente año para habitar en la casa sita en el solar de esta
villa, se va desde luego hacer el gasto de 100 pesos poco más o menos, para el
preciso retejo de ella, compostura de la chimenea que por incendio está desecho
el extremo de su cañón, agujeros y revoques que exige. Como también la de dos o
tres puertas rotas y sueltas de los demás inquilinos ignora por ahora lo que
costará esto. AHFB, J-01280/058
Aurelio Gutiérrez Martín de
Vidales




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