jueves, 7 de julio de 2022

CASA ESCUELA EN EL CAMPO DE LA IGLESIA PORTUGALETE 1851

 

Casa ESCUELA en el campo de la iglesia de PORTUGALETE 1851



Expediente remesado a la Diputación general por el Sr. Corregidor político, instruido a instancia del Ayuntamiento de la villa de Portugalete sobre la autorización para construir una casa escuela en el campo de la iglesia de la misma, de nueva planta y posteriormente promovido por los rematantes de las obras de la misma en reclamación de mejoras ejecutadas en dicho establecimiento.

Siendo alcalde de Portugalete el Sr. Félix Escarza, el 10 de febrero de 1851, remite a la Diputación una copia certificada del acuerdo municipal, de los planos y condiciones económicas y facultativas, para construcción de una casa escuela a fin de que sea aprobada dicha construcción.


Posteriormente el 25 de febrero de 1851 el expediente es remitido al Presidente de la Instrucción Primaria de Vizcaya con el objeto de que se sirva de información de los puntos siguientes: 1º, si es o no de absoluta necesidad la construcción de la escuela proyectada y 2º, si dado caso de ser necesaria puede hacerse otra de menor costo de la que propone el Ayuntamiento y que lleve todos los requisitos indispensables a este objeto, con lo demás que se le ofrezca y parezca.

Siendo esta la respuesta a la devolución del expediente por parte de la Instrucción Primaria el 1 de abril de 1851: “ Con la atenta comunicación de V.S. fechada el 25 de febrero último, recibió esta Comisión el expediente promovido por el Ayuntamiento de Portugalete en orden a la construcción de un edificio para escuela pública de Instrucción primaria, y dice: que no teniendo aquella Villa local propio para establecimiento de enseñanza,( hacía unos años que se había destruido la casa municipal que servía de escuela) y resultando  que en la  actualidad la que sirve al efecto es de un particular, donde las personas concurrentes están con cierta incomodidad y por cuyo arriendo satisface la municipalidad 579 reales anuales. Considera la Comisión como muy conveniente la construcción del edificio, ora para el común como en notable ventaja de la juventud, teniendo presente que la concurrencia del niños de ambos sexos es excesiva, para el local que ocupan.


En cuanto a la 2ª pregunta que contiene la referida comunicación, debe igualmente manifestar que sin embargo de que toda obra admite simplificación para lograr que su coste sea equitativo, como la casa escuela proyectada, habrá de ser un edificio público.

Opina esta Superior provincial que toda vez que no faltasen los fondos necesarios para llevar a cabo el proyecto, debe ser grandioso el establecimiento, como lo es el objeto a que se destina, además de que de hacerlo así quedarían secundados los deseos del Gobierno de S.M. que tanto se interesa por el enaltecimiento de la instrucción primaria.


El arquitecto Francisco de Orueta, el 22 de abril, tasó en 74.000 reales de vellón el proyecto, desglosado de la siguiente manera. La cantería, 22.022 reales. Carpintería con pintura, cristales y ferrería, 33.444 reales. Albañilería, 15.700 reales y herraje, 2.834 reales.

 Y aunque en primera instancia, el ayuntamiento de Portugalete comunica a la Diputación que la escuela sería gestionada en su mayor parte con la obra pía de Francisco Antonio de Olaguibel, la propia Diputación no estando conforme  con esta información les solicita una mayor aclaración sobre los fondos con los que se amortizará la casa escuela, a lo cual el ayuntamiento de Portugalete el 3 de mayo aclara que, aparte de los fondos de la obra pía, anualmente a su coste añadirá doce mil reales de vellón recogidos del arbitrio de la carne, hasta  la liquidación total  de la construcción.  


Posteriormente, tras cruzarse diversas cartas entre la Diputación y los Corregidores de la Villa, sobre la posibilidad que tiene el Ayuntamiento de hipotecarse por destinar un arbitrio a subvencionar un objeto determinado, se resuelve por parte de la Ayuntamiento que la deuda resultante si la hubiera sería costeada por la vecindad, con lo cual la Diputación, el 27 de mayo de 1851 aprueba el expediente para la construcción de una casa escuela en el campo de la iglesia de Portugalete. Aunque a falta de rematantes en primera convocatoria sería hipotecada su construcción.


Resueltos los problemas anteriores, José Benito de Zaballa, secretario del Ayuntamiento de Portugalete, el 27 de julio de 1851 certifica que: al efecto de proceder al remate anunciado para este día, se leyeron a los muchos concurrentes las condiciones por mi el Secretario, previniendo que por concesión del Sr. Gobernador quedaba hipotecada la citada casa escuela para garantía al rematante en que se efectúa el remate hasta que quede enteramente pagada la obra, y atendiendo a que se haya el verano muy avanzado exigieron los licitadores el término de un año para la conclusión de la obra en lugar de los ocho meses que se expresa en la condición facultativa cincuenta y siete, a lo que accedió el Ayuntamiento, siempre que lo aprobare el Sr. Gobernador a quien daría parte. Bajo este supuesto hizo la oferta Don Pedro de Amézaga, vecino de la villa de Bilbao, de ejecutar la obra en la cantidad presupuestada de setenta y cuatro mil reales, y habiendo sido admitida por el ayuntamiento, y encendiéndose vela por primera, segunda y tercera vez, se apagó naturalmente, sin que nadie diese puja alguna, por lo cual se declaró el remate a favor del mencionado Don Pedro Antonio de Amézaga en dichos setenta y cuatro mil reales. AHFB, AR00163/009.

Aurelio Gutiérrez Martín de Vidales.

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