PORTUGALETE PLEITO AÑO 1736
Expediente incoado por José de Villar, cura de
Santa María de Portugalete, contra José de
Sarría, cura de Santa María de Sestao, relativo a que se devuelva el cadáver
del hombre que falleció en la jurisdicción de Portugalete y fue
trasladado ilícitamente a Sestao. Año 1736. (BFAH/AHFB, AJ 0158/038).
Pleitos de Jurisdicción originados por un
pellejo de vino, por la conducción de un cadáver, u otros motivos fueron los pleitos entre la villa de
Portugalete y los Tres Concejos del Valle de Somorrostro (San Jorge de Santurce, Santa María de Sestao y San Salvador del
Valle) en origen para modificar las lindes y jurisdicciones entre la villa y
los concejos encartados. En este caso el origen del pleito es la muerte
accidental de Pedro de Bareño, vecino que fue de Guecho, muerto en las canteras en
Portugalete, pero que en aquel momento vivía en Sestao.
“Don José de Villar cura y Beneficiado de la
parroquia de Santa María de Portugalete y Mayordomo capitular de su Cabildo Eclesiástico
por sí y en nombre de dicho cabildo, digo que oí a cosa de las dos horas de la
tarde en el paraje llamado de las Canteras y pegando a casa de Baltasar de
Salazar uno y otro sitio, jurisdicción de esta villa, falleció un hombre con el
motivo de haberse desprendido una peña de la referida Cantera, y algunos
sujetos furtivamente y sin dar cuenta a mi como Mayordomo y que son de otro
Cabildo, le han llevado según tengo entendido al Concejo de Santa María de
Sestao para enterrar en la parroquia de dicho concejo, y por tanto pido y
suplico se sirva mandar que el cura de la parroquia de Sestao haga devolverlo a
esta villa, y no de en su parroquia sepultura sin que le conste el
consentimiento del Cabildo Eclesiástico de esta expresada villa.
AUTO: Del mismo en su nombre y protestando la
demanda criminal en cuanto me fue permitida contra los usurpadores de los
derechos y regalías de este referido Cabildo es de justicia que pido don José
de Villar.
Por presentada en cuanto a lugar la demanda a
don José de Sarria, cura y Beneficiado en Santa María de Sestao que dentro de
dos horas de la notificación haga devolver el cuerpo que la petición se refiere
y háganle sepultura sin consentimiento del referido Cabildo o de su Mayordomo Eclesiástico,
pena de excomunión mayor y con apercibimiento en forma el señor don José
Bentura de Barrena, vicario en esta villa y su partido, así lo mando y firmo en
ella a ocho de agosto y año de mil
setecientos y treinta y seis.
NOTIFICACIÓN: En el concejo de Santa María de
Sestao, a los mismos ocho días del mes de agosto y año de mil setecientos y
treinta y seis, yo el infrascrito apostólico por autoridad apostólica y
ordinaria doy fe, ley y notifiqué, como a cosa de las seis horas de la tarde
del día de la petición y auto precedente a su persona don José de Sarria cura y
Beneficiado en la iglesia parroquial de dicho concejo, quien entendido su
Señor: dijo que por ser su párroco el difunto y ser su jurisdicción le trajeron
para enterrarle en dicha iglesia, y que está en pleito pendiente ante
el Consejo de Vizcaya sobre la dicha jurisdicción en donde murió entre la villa
de Portugalete y nobles Encartaciones, es lo que dio por respuesta y
firma don José de Sarria y Nicolás de Larra.
PETICIÓN: Don José de Villar cura y Beneficiado
de la iglesia parroquial de Santa María de esta villa de Portugalete, y
Mayordomo capitular de su Cabildo eclesiástico, digo que con motivo de haber
fallecido un hombre a cosa de las dos horas de la tarde de este día en el
paraje llamado Las Canteras, término y jurisdicción privativa de esta villa por
haberse desprendido una peña de las citadas Canteras….
NOTIFICACIÓN: En el Concejo de Santa María de
Sestao a nueve días del mes de agosto de mil setecientos treinta y seis y cosa
de las siete horas de la mañana poco más o menos, yo el infrascrito notario
público apostólico doy fe que llegué a la casa y morada en que habita don José
de Sarria cura Beneficiado de la parroquia de este dicho concejo para efecto de
notificarle el auto de esta otra parte y en la puerta de dicha casa me encontré
con Ana María de la Sota, su sobrina y preguntándole por su tío don José,
respondió que no se hallaba en casa, y para que conste lo pongo por diligencias
Nicolás de Larra.
PETICIÓN: Pedro de Bareño, vecino de la
anteiglesia de Guecho, digo que habiendo llegado a mí la noticia del fatal
suceso de la muerte de Pedro de Bareño mi hijo legítimo, al cual Dios Nuestro
Señor fue servido llevarle a su eterna presencia, en el día mes y año que
estamos, en las canteras que se hallaban diferentes personas sacando piedra
para el edificio de los nuevos muelles que actualmente se están fabricando
frente de esta villa y habiendo tanta piedra ha caído sobre mi hijo y quedado
muerto de repente, que ha maltratado su cuerpo, cabeza y brazo, que al no dar
sepultura con la más puntualidad por su gran corrupción será muy dificultoso en
darse después por su gran hediondez respecto al tiempo en que nos hallamos y
haber fenecido el citado día ( 8 de agosto) como a cosa de la una de la tarde
poco más o menos.
Habiendo venido en compañía de diferentes
parientes ayer con la noticia infeliz de la muerte de mi hijo al lugar y Concejo de Santa María de Sestao a casa y morada de María de Escafal a donde se
haya dicho difunto, viuda vecina de dicho concejo donde ha estado sirviendo en
ocho años, con ánimo de levantar el cuerpo con ánimo de llevarlo a la
anteiglesia de Guecho, no lo he podido conseguir por la competencia que está
formada por el Cabildo eclesiástico dicha villa y don Hipólito de San juan de
Santa Cruz, Diputado Síndico general de las Nobles Encartaciones y respecto de
lo referido de mi suma pobreza que por ser tal tema el referido mi hijo. Como
es público y notorio que tener la casa donde ese halla con mucha hediondez de
la cual será preciso salga. Pido y suplico se sirva concederme licencia
prontamente para llevar el cadáver para enterrar en la referida iglesia de
Guecho.
Ante esta situación don José Ventura de Barrena
vicario de Portugalete y don José de Sarria cura beneficiado de Santa María de
Sestao llegan a un acuerdo de que el cadáver de Pedro de Bareño sea trasladado
a Guecho.
A las veintiún horas del día nueve de agosto de
mil setecientos treinta y seis, yo el infrascrito notario doy fe que don José
Sarria, dijole que parecía muy buen
arreglo dicho auto, que se alegraba de su procedimiento y luego con su
querencia dio providencia de que se levantase el cadáver que se relaciona en el
auto para en su compañía entregar en la Villa de Portugalete a su Cabildo Eclesiástico
lo cual hoy doy por entendido por don Hipólito de San juan de Santa Cruz,
síndico de estas Encartaciones en presencia de Pedro de Oyancas y Zuazo,
escribano y Domingo de Capetillo, regidor del Concejo de Santurce que habiendo
intervenido en esta providencia con aquellos señores de Portugalete, quedado de
acuerdo que el dicho don José de Sarria y el referido cadáver le acompañe hasta
la entrada de la villa y que en ella le vecinase su Cabildo Eclesiástico para
conducirle y entregarle a los vecinos de la anteiglesia de Guecho en su
jurisdicción.
Y a cosa de las cinco y media de la tarde,
habiendo llegado el referido cadáver acompañado de don José de Sarria al puesto
que llaman el Arbolcillo, por ser respectivo al camino que divide de la
jurisdicción de estas Encartaciones y la villa de Portugalete, se dio aviso al Cabildo
de ella para que viniera a recibirle. Y habiéndolo hecho solemnemente le fue
acompañado hasta el embarcadero y muelle debajo del Solar y Plaza de armas de
dicha villa, siendo entregado el cadáver a Pedro de Bareño, padre del difunto…..
y continua.
Aurelio Gutiérrez Martín de Vidales.